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El voto será el muro para evitar violación
de la Constitución
TSJ NO
RESPONDIÓ A RECURSO DE SÚMATE PARA SUSPENDER
REFERENDO DE ENMIENDA
Caracas, 13 de febrero de 2009
NPS 267

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El Tribunal Supremo de Justicia no respondió
al Recurso presentado por Súmate para
suspender el Referendo Constitucional por la
falta de control del Consejo Nacional
Electoral sobre el proyecto de enmienda para
la Reelección Indefinida, ya que como poder
independiente y autónomo del Estado debió
pronunciarse sobre la inconstitucionalidad e
ilegalidad del mismo. Con este recurso,
Súmate también había solicitado a la Sala
Electoral del máximo tribunal dictar una
medida cautelar que aplazara los efectos de
las resoluciones del CNE, especialmente la
convocatoria a referendo de la enmienda
constitucional, hasta que los magistrados se
pronunciaran sobre el fondo del recurso.
Esta organización introdujo ante la Sala
Electoral del TSJ un recurso
contencioso-electoral en contra de las
resoluciones dictadas por el CNE que
tuvieron como finalidad la convocatoria del
referendo y normar el proceso comicial del
proyecto de enmienda constitucional
sancionado el pasado 14 de enero por la
Asamblea Nacional, ya que las mismas
violaron derechos fundamentales de los
ciudadanos consagrados en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, la
Constitución de la República y la Ley
Orgánica del Sufragio y Participación
Política (LOSPP).
Enmienda impediría a los venezolanos acceder
en igualdad de condiciones
Para Súmate el Proyecto de Enmienda
Constitucional para la Reelección Indefinida
violenta el artículo 21, numeral 2 de la
Declaración Universal de los Derechos
Humanos, al impedir a los venezolanos a
acceder en condiciones de igualdad a las
funciones públicas del país, ya que esta
propuesta de enmienda elimina la garantía
constitucional de limitar el número de veces
que un funcionario puede reelegirse en el
cargo, fomentado la perpetuidad en el poder
y violando el derecho humano de acceso al
cargo en condiciones de igualdad; y también
el artículo 193 de esta misma ley que
prohíbe replantear a referendo una materia
que ya fue rechazada, durante el período de
2 años luego de su rechazo.
Convocatoria a Referendo violó lapsos
mínimos para organización de consultas
En otros alegatos contenidos en este
recurso, esta asociación ciudadana planteó
que es inconstitucional e ilegal el lapso
extremadamente corto de 30 días para la
realización del referendo, el cual se
evidencia, por ejemplo, en el cierre sin
anuncio y apresuradamente del Registro
Electoral el pasado 11 de diciembre, lo cual
violentó los derechos políticos de la
población joven venezolana que está impedida
a ejercer el voto. Al mismo tiempo, exigió a
la Sala Electoral que se aplicase el
artículo 184 de la LOSPP, que obliga al CNE
revisar la legalidad del proyecto dentro de
los 30 días posteriores a la recepción del
proyecto, y en el caso de cumplir los
requisitos legales, podría convocar a
referendo en un lapso comprendido entre los
60 y 90 días posteriores a su formal
recepción por parte del CNE.
También demandó la nulidad de todas las
resoluciones dictadas por el CNE para
regular el referendo de la enmienda para la
Reelección Indefinida, ya que violenta el
artículo 267 de la LOSPP al no cumplir con
el lapso mínimo dictado por la ley para la
publicación de la normativa de este proceso,
lo cual impidió a los venezolanos conocer
con suficiente antelación la normativa que
regirá el referendo. Agregó que parte de la
normativa publicada es ineficaz, debido a
que regula eventos cuyo lapsos ya habían
expirado para el momento de difusión,
creando indefensión al ciudadano.
Pregunta del Referendo no refleja lo que se
pretende modificar de la Constitución
Además, en este recurso Súmate impugnó la
pregunta que será formulada a los ciudadanos
en el referendo, por considerar que la misma
es violatoria del artículo 182 de la LOSPP,
al ser oscura, poco exacta y no reflejar en
forma clara y precisa los términos en que se
pretende modificar a la Constitución, ya que
debió expresar claramente la voluntad de
eliminar la garantía constitucional de
restringir la reelección a “una única e
inmediata”.
Es necesario votar para rechazar esta
propuesta de enmienda
Como el referendo se llevará a cabo este 15
de febrero, Súmate exhorta a todos los
electores a votar sin miedo, ya que el voto
es secreto, y convertir el ejercicio de este
derecho en el muro de contención para evitar
la posible violación de la Constitución que
está detrás de esta propuesta de enmienda
para la Reelección Indefinida.
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