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Los 30 días son para establecer la fecha de
la consulta
UN MES ES INSUFICIENTE PARA ORGANIZAR EL
REFERENDO DE LA ENMIENDA

Caracas, 29 de diciembre de 2008
NPS 259
Aún antes de que la Asamblea Nacional (AN)
realice la segunda discusión de la propuesta
de enmienda a la Constitución promovida por
el Presidente de la República, el Consejo
Nacional Electoral (CNE) juega nuevamente
posición adelantada, repitiendo la
irregularidad cometida en el 2007 con el
proyecto de reforma constitucional.
La justificación que surge del seno del CNE,
es que la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV) le da un
lapso de sólo 30 días para realizar la
convocatoria al Referendo, con lo cual
parece interpretar que la fecha del
Referendo debería ser un mes después de
recibida la solicitud formal de la AN. Sin
embargo, este lapso es obviamente
insuficiente para la ejecución de todas las
actividades necesarias para completar los
requerimientos de un proceso comicial,
especialmente si se considera la actual
plataforma tecnológica del voto en
Venezuela.
Es imposible ejecutar las necesarias
revisiones técnicas a equipos y sistemas,
denominadas por el CNE como auditorías de
datos y software de las máquinas de
votación, de cuadernos de votación, de datos
y software del sistema de autenticación de
votantes, del sistema de totalización, de
producción de las máquinas de votación, de
infraestructura y de predespacho.
De igual modo, habría que considerar la
necesaria apertura, revisión, impugnación y
publicación definitiva del Registro
Electoral (RE), para que aquellos electores
no inscritos o con problemas en su
inscripción puedan participar.
30 días para convocar, no para realizar los
comicios
Súmate ha reiterado que los 30 días
previstos por la CRBV para convocar un
Referendo luego de que el CNE reciba la
solicitud de la AN, sólo puede entenderse
razonablemente como el tiempo del que
dispone el organismo comicial para comenzar
a prepararse, elaborar un cronograma
adecuado y establecer la fecha propicia para
realizar la consulta, la cual debe
considerar la ejecución de todas las
actividades previas al proceso comicial,
según se prevé en la Constitución y las
Leyes.
El cronograma de una elección normal se
inicia con actividades específicas que
comienzan seis meses antes de la fecha de
las elecciones. Así, ya para mayo del año
2008 se conocía el cronograma de las
elecciones regionales convocadas para el 23
de noviembre.
A criterio de Súmate, en el caso de la
Enmienda, que supone la consulta de una sola
pregunta a ser respondida sólo con las
opciones del Sí o del No, quizás podría
acortarse este lapso de seis meses. Sin
embargo, no es posible establecer con
precisión a cuantos meses debería reducirse
-de ser el caso- este período, ante la falta
de una Ley de Procesos Electorales y una Ley
de Referendos que establezca los tiempos y
precise las regulaciones asociadas a las
diferentes etapas de estos procesos
electorales. Llama la atención que sean
justamente el CNE y la AN los responsables
de la inexistencia de este marco legal, dada
la diligencia de ambos organismos cuando se
trata de desarrollar las iniciativas
referendarias propuestas por el Presidente
en los últimos años.
¿Cuándo sería el simulacro de la Enmienda?
En el Referendo de la Reforma Constitucional
de diciembre de 2007, el CNE anunció la
realización de un simulacro para el 28 de
octubre, sin conocer siquiera cómo se haría
la votación, si en bloques o por artículos.
Las revisiones técnicas a los equipos y
sistemas se desarrollaron atropelladamente,
pues el organismo comicial dispuso de menos
de la mitad de los tiempos fijados un año
antes para la elección presidencial. Estas
actividades comenzaron después del supuesto
simulacro, que demostró ser una posición
adelantada del CNE. Este organismo sacrificó
la transparencia del proceso y el
cumplimiento de las mínimas garantías
electorales, a fin de mantener la fecha
fijada por el Presidente de la República
para la consulta comicial.
En las Elecciones Regionales de 2008 el
tiempo para las revisiones técnicas previas
también fue insuficiente, aunque el CNE
admitió un lapso mayor de 30 días para su
realización. En este caso, aún cuando el
simulacro se llevó a cabo sin haber
concluido las revisiones técnicas, los
electores pudieron experimentar en las mesas
de votación de prueba con los mismos
sistemas que estaban siendo revisados por
los técnicos acreditados para este propósito
por el CNE, que serían utilizados un mes
después en las elecciones.
Este período permitió desplegar una campaña
para que los electores se preparasen para
votar, conocieran las diferentes boletas
electrónicas de acuerdo a su
circunscripción, y la ubicación de los
candidatos y partidos de su preferencia. Sin
embargo, no se pudo implantar la propuesta
de aumentar el tiempo para votar de 3 a 4
minutos, porque ya el 30 por ciento de las
máquinas de votación se encontraban
distribuidas en los estados y hubiera sido
imposible su reprogramación.
Iniciando el año 2009, si el CNE continúa
haciéndole el juego con posición adelantada
al interés del Presidente de la República en
la realización temprana del Referendo para
su propuesta de enmienda, seguramente nos
sorprenderá con la ejecución atropellada de
un simulacro que poco aportará a la
transparencia y eficacia del proceso
electoral.
Red Ciudadana de SuperTestigos se
activará para la Enmienda
La Red Ciudadana de SuperTestigos (www.supertestigos.com)
promovida por Súmate, que continúa activa
aún después de las recientes Elecciones
Regionales, reitera su disposición a
participar en la fecha en que se lleve a
cabo la consulta de la Enmienda,
complementando la labor de los diferentes
grupos políticos y ciudadanos llamados a
defender el voto con la presencia de
testigos en cada una de las mesas de
votación del país, entendiendo que con cada
nueva elección podremos acercarnos a las
elecciones transparentes que nos merecemos
los venezolanos si asumimos organizadamente
nuestra participación ciudadana.
…Construimos Democracia
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