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CONVOCATORIA A ELECCIONES REGIONALES ES
VIOLATORIA DE LA LOSPP

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PUBLICADO EL 01 OCTUBRE 2004
Caracas, 16 de agosto de 2004
NPS 80
* Súmate exhortó a los rectores del CNE a
respetar la legislación electoral vigente
* El CNE no debe extralimitarse en el
ejercicio de sus atribuciones con relación a
las Elecciones Regionales ya que la potestad
normativa otorgada por sentencias de la Sala
Constitucional del TSJ sólo fue reconocida
para reglamentar los referendos
revocatorios.
* Además presentaron el informe donde se
evidencia cada una de las irregularidades
cometidas por el CNE antes, durante y
después del RRP
En rueda de prensa ofrecida por los
representantes de Súmate María Corina
Machado y Roberto Abdul se dio a conocer el
“Informe Preliminar Súmate sobre el
Referendo Revocatorio Presidencial” que
elaboró esta organización sobre las
irregularidades que se cometieron a lo largo
del proceso del RRP y que evidencia la
limitación a la participación ciudadana y
sustenta las múltiples dudas razonables
existentes en los electores sobre la
transparencia del proceso y sobre los
resultados oficiales del 15 de agosto. El
Informe demuestra y sustenta cada una de las
irregularidades que se cometieron, “el
proceso referendario estuvo plagado de
abusos, obstáculos e irregularidades en
todas sus etapas, enturbiando la necesaria
transparencia del evento electoral y dejando
una sombra de dudas sobre sus resultados
oficiales” afirmó Abdul. Este informe Súmate
está disponible en la página web de la
organización,
www.sumate.org.
EL CNE extralimita sus atribuciones
Ante los venideros comicios regionales y
luego de RRP del pasado 15 de agosto, María
Corina Machado, representante de Súmate,
hizo hincapié en que toda la normativa
dictada por el CNE tendente a regular las
elecciones regionales debe fundamentarse en
las leyes electorales:“Algunas de las
Resoluciones hasta ahora dictadas por el CNE
para regular las elecciones regionales
invocan las sentencias de la Sala
Constitucional que le habilitaron para
ejercer la potestad normativa con carácter
excepcional y transitorio sólo aplicable a
los RR. Es el caso, de la Resolución N°
040202-009 de 02 de febrero de 2004. Ello
constituye una extralimitación en el
ejercicio de las atribuciones del Consejo
Nacional Electoral, ya que esa potestad
normativa solamente fue reconocida para
reglamentar los RR”
Frente a este escenario, Súmate solicita al
CNE que se pronuncie sobre las ilegalidades
planteadas y reestablezca el estado de
derecho, única forma de garantizar la
transparencia de las elecciones para que
todos los venezolanos puedan recuperar la
confianza en la institución del voto.
CNE ha violado 2 artículos de la
Constitución y 9 de la LOSPP
María Corina Machado explicó que la
convocatoria realizada por el CNE para las
elecciones de Gobernadores y Alcaldes viola
la Constitución y la LOSPP: “El período del
mandato de gobernadores y alcaldes es de
cuatro años, de acuerdo a los artículos 160
y 174 de la Constitución. La elección de los
actuales gobernadores y alcaldes se realizó
el 30 de julio del 2000, por lo cual este
período está vencido y el CNE ya violó este
artículo.
Machado apoyándose en los articulados de la
Ley Orgánica del Sufragio y Participación
Política hizo un desglose donde dejó en
evidencia las irregularidades que desde ya
viene cometiendo en CNE en la convocatoria a
elecciones regionales.
Sobre la situación del Registro Electoral
Permanente, Machado informó que el CNE ha
violado los establecido en los artículos
118, 119 y 120 de la LOSYPP ya que (a) debió
anunciar el cierre del Registro Electoral
para esta elección seis meses antes las
elecciones regionales (artículo 118); (b)
debió cerrar el Registro Electoral 90 días
antes de la fecha de la elección (artículo
119) lo cual apenas hizo el pasado 8 de
septiembre de 2004; y (c) y tampoco se ha
realizado la publicación del Registro
definitivo, en contravención al artículo 120
de la Ley. Por otra parte, la Convocatoria
de las elecciones municipales (artículo 152)
ha sido modificada en repetidas ocasiones.
La fecha de la última convocatoria viola el
artículo 152 de la LOSYPP, que exige que,
entre la publicación en Gaceta Electoral del
anuncio de las elecciones y su realización,
transcurra un plazo no menor de seis meses.
Machado destacó además que El CNE no dictó
el Reglamento General Electoral, el cual
debía desarrollar los aspectos técnicos de
las elecciones automatizadas, con fundamento
en el artículo 153 de la LOSYPP, sin alterar
el contenido, espíritu, propósito y razón de
esa Ley. “Ese Reglamento debía ser sometido
a un proceso de consulta pública (artículo
266) y su promulgación debía hacerse con no
menos de tres meses de antelación a las
elecciones (artículo 267), salvo decisión de
la mayoría absoluta de los miembros del
Consejo (artículo 268). Al no haberse
dictado ese Reglamento, se ha afectado la
seguridad jurídica para las próximas
elecciones regionales”.
Escrutinio automatizado y con auditoría
La representante de Súmate también destacó
que el Consejo Nacional debió dictar las
especificaciones técnicas sobre el proceso
de escrutinio automatizado y sujeto a
auditoría seis meses antes de las elecciones
(artículo 168). Esa norma también ha sido
violada, al no haberse especificado cómo se
realizará la auditoria del procedimiento de
escrutinio, tema que deberá tener respuesta
clara ya que fue en este punto donde
surgieron las mayores dudas del proceso de
votación del 15 de agosto.
Principales resultados del análisis de
Hasumann-Rigobón
Sobre el tema del informe de fraude
presentado por los estadísticos Hausmann y
Rigobón, Roberto Abdul recordó los
resultados del análisis estadístico
realizado por los profesores de Harvard y
MIT:(1) La muestra de máquinas de votación
seleccionada para la segunda auditoría no
fue elegida al azar ni representaba al
universo de máquinas de votación; (2) Se
desarrolló una prueba estadística de
detección de fraude y la misma probó que con
una probabilidad superior al 99% los
resultados del RRP fueron manipulados.
“En su Reporte Final, los profesores
Hausmann-Rigobón extraen otras conclusiones
igualmente interesantes con relación al tipo
de manipulación que se tuvo que haber
realizado para que se generaran los
resultados electorales que ellos evaluaron.
Entre éstas conclusiones se destacan que, si
hubo manipulación y que ésta se hizo
centralizadamente. Los resultados de la
prueba de detección de fraude, así como de
la segunda auditoría, indican que la
manipulación fue selectiva y que afectó sólo
a una porción de las máquinas, dejando otras
sin tocar.”
Abdul destacó que el informe precisa que
para poder manipular los resultados, se
requería que las máquinas fueran
bidireccionales y, por lo tanto, recibieran
información a través de la red de
transmisión. “Las máquinas de votación
recibieron información de los servidores
centrales del CNE, en cantidades suficientes
como para poder alterar los resultados
electorales del RRP, adicionalmente, todas
nuestras consultas con expertos electorales
internacionales nos confirman que las
máquinas Smartmatic son susceptibles de
violación externa, si es que la manipulación
no estaba ya sembrada en el software que
nunca se permitió auditar”.
Queda entonces muy claro que la manipulación
fue posible de ejecutar dada la
vulnerabilidad de las máquinas de votación y
la bidireccionalidad de la información que
existió entre los servidores del CNE y las
máquinas de votación el día del RRP.
Súmate sigue en su empeño en descubrir la
verdad de lo ocurrido el pasado 15 de Agosta
en Venezuela. No le satisface la aseveración
que hiciera Jennifer McCoy, representante
del Centro Carter, en la reunión del
InterAmerican Dialog del pasado martes 7 de
Septiembre, cuando con toda honestidad
afirmó que “nunca sabremos los resultados
del Referendo Revocatorio” Tampoco le
satisface la posición de algunos miembros de
la comunidad internacional promoviendo que
Venezuela “pase la página” sin antes haber
esclarecido LA VERDAD. Por ello, continúan
realizando esfuerzos y brindando aportes
para llegar a la VERDAD que todos los
ciudadanos desean como el análisis hecho por
Hausmann-Rigobón que demuestra en forma
contunde e irrefutable que hubo manipulación
y también está claro que el sistema era
vulnerable a manipulaciones.
A la espera de la comisión de expertos y de
Smartmatic
Abdul destacó que en Súmate siguen a la
espera del nombramiento por parte de la OEA
y el Centro Carter de un panel de expertos
electorales y en estadística que revisen los
análisis aportados por Hausmann y Rigobón,
dándole así el mismo tratamiento académico y
profesional que nosotros le dimos a un tema
tan importante para millones de venezolanos.
“No nos satisface la respuesta apresurada y
llena de incorrecciones estadísticas
aportadas por el Centro Carter, sin el aval
de ningún académico o experto en temas
electorales. Exigimos que se nos responda
con seriedad y en los mismos términos
profesionales y académicos con que nosotros
planteamos estas evidencias.”
Además puntualizó que están a la espera de
la respuesta de Smartmatic, quien ofreció
sus mejores esfuerzos para ayudar a aclarar
las dudas de los ciudadanos, y a quienes
solicitó una máquina de votación en
idénticas condiciones a las utilizadas en el
RRP para evaluar el hardware y el software.
…Construimos Democracia
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